Por qué colegiarse:
La ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero, modificada por la ley 25/2009, de 22 de diciembre, (ley ómnibus), recoge en su artículo número 5, que “es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente, lo que determina la obligación de colegiarse es el ejercicio profesional…”.
Además, dentro de nuestros estatutos, el artículo 17.- “Derechos de los colegiados” entre otras ventajas y derechos contempla que:
Los terapeutas ocupacionales colegiados podrán:
1. Participar en el gobierno del Colegio formando parte de las Asambleas y ejerciendo el derecho a instar su convocatoria, a formular proposiciones, enmiendas, etc.; todo ello en las formas y condiciones previstas en los estatutos.
2. Utilizar las dependencias colegiales tal y como se regule y beneficiarse del asesoramiento de los servicios, programas y otras ventajas que el Colegio ponga a su disposición.
3. Utilizar el anagrama o logotipo del Colegio en su identificación profesional bajo la autorización previa de los Órganos de Gobierno del Colegio.
4. Ser asesorado legal, laboral, jurídicamente y/o defendido por el Colegio en cuantas cuestiones se susciten relativas a sus derechos e intereses legítimos consecuencia de un recto ejercicio profesional. La Junta de Gobierno decidirá los asuntos en los que las costas y gastos que el procedimiento ocasione sean asumidos por el Colegio.
5. Pertenecer a Comisiones de trabajo. El Colegio tiene la obligación de fortalecer y luchar por los intereses de sus colegiados y la profesión. Por ello, ofrece la posibilidad de pertenecer y participar en Grupos y Comisiones de Trabajo. No hace falta ser un experto en la materia, únicamente es necesario mostrar inquietudes y estar dispuesto a compartir algo de tu tiempo libre para que nuestra profesión siga creciendo. Si te animas a formar parte ponte en contacto con secretaría del Colegio para darte la información necesaria.
6. Afirmar su condición de colegiado y disponer del documento que así lo acredite.
7. Seguro de Responsabilidad Civil. Un seguro de responsabilidad civil cubre tu responsabilidad en las técnicas más habituales utilizadas en nuestra profesión con la compañía aseguradora.
8. Biblioteca. Con libros y revistas especializadas, para consultas o utilizar el servicio de préstamo, de un mes. La biblioteca se encuentra en la sede colegial y su horario al público es el horario de atención de COPTOPA. Si deseáis información sobre libros, renovación de préstamos, efectuar reservas, hacer sugerencias, etc. Podéis hacerlo a través de las direcciones web y el teléfono de contacto.
9. Bolsa de empleo. Recibirás por correo electrónico las ofertas de trabajo que se publican periódicamente, y también podrás consultarlo en el área de colegiados con tus claves personales.
10. Información semanal de Congresos y Jornadas, del B.O.E. y B.O.P.A., de ofertas de empleo, y mensual de las reuniones de la junta directiva sobre temas del Colegio.
11. Cursos de Formación Continuada: con descuentos y beneficios para los colegiados/as en los cursos organizados por COPTOPA, otras Asociaciones y Colegios de Terapia Ocupacional asociados al convenio de organizaciones de terapia ocupacional y los convenios de COPTOPA con empresas privadas. Para más información acerca de estos servicios, ponte en contacto con secretaría o formación del COPTOPA.
12. Acceso, mediante contraseña personal, a información profesional exclusiva (ofertas de empleo o becas, entre otros), a través de la página web.